viernes, 23 de junio de 2023

RESOLUCIÓN de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se acepta la donación del archivo y biblioteca de Francisco Martínez López

Conselleria de Educación, Cultura y Deporte 

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2023, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se acepta la donación del archivo y biblioteca de Francisco Martínez López. [2023/6114] 

Francisco Martínez López ha tenido la generosidad de ofrecer a la Generalitat, a título gratuito, la donación de su archivo y biblioteca. 

De acuerdo con el informe emitido por la Dirección General de Cultura y Patrimonio, la citada donación es de gran interés para la Generalitat al incrementar su patrimonio bibliográfico y documental. 

El artículo 43.1 de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de patrimonio de la Generalitat, establece que «la aceptación de herencias, legados y donaciones a favor de la Generalitat corresponde a la conselleria competente en materia de patrimonio cuando comprenda bienes inmuebles o títulos valores, aunque la persona testadora o donante haya señalado otro órgano de la Generalitat, sin perjuicio de que en la adscripción se tenga en cuenta dicha voluntad. En el supuesto de que comprenda únicamente otros bienes muebles, la aceptación se acordará por el departamento u organismo al que se destinen». 

En uso de las competencias que se asignan a la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte por el artículo 7 del Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones, por el Decreto 173/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, y la Orden 9/2021, de 7 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, de desarrollo del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo: 

Primero 

Aceptar la donación de Francisco Martínez López, de su archivo y biblioteca, cuyos datos técnicos se encuentran en el expediente. El valor de la citada donación se estima en seis mil seiscientos euros (6.600 €). 

Segundo 

Esta resolución producirá efectos desde su notificación al donante, en los términos previstos en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 623 del Código Civil. 

Tercero 

La presente aceptación será comunicada a la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico. 

De conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente un recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación: 

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. 

b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación. 

València, 31 de mayo de 2023.– La consellera de Educación, Cultura y Deporte: Raquel Tamarit Iranzo.


https://dogv.gva.es/va/resultat-dogv?signatura=2023/6114&L=1



No hay comentarios:

Publicar un comentario